Estatutos - Disposición adicional
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DISPOSICIÓN ADICIONAL
En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las Disposiciones Complementarias.
Dª MARÍA DOLORES BUENO ALDEA Secretaria de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados para adaptarlos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de socios celebrada el 10 de diciembre de 2004.
En Avilés, a 10 de diciembre de 2004.
Vº Bº
EL PRESIDENTE
Fdo.: José Joaquín Arrieta Gallastegui
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